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Defensor del Pueblo presenta demanda ante el TC contra ley de extinción de dominio por presunta vulneración de derechos

El defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez, presentó una demanda ante el Tribunal Constitucional contra varios artículos del Decreto Legislativo 1373 que determina la extinción de dominio, que está vigente desde 2018.

Para Gutiérrez, el decreto legislativo vulneró el derecho a la propiedad y los principios de presunción de inocencia, de seguridad jurídica, de tipicidad, de irretroactividad y seguridad jurídica. Además, precisa que la normativa debió ser modificada a través del Congreso, mas no por un decreto legislativo por parte del Ejecutivo. El argumento tuvo como base lo establecido por el Tribunal Constitucional.

«El presente Decreto Legislativo contiene disposiciones que claramente contravienen el principio de presunción de inocencia, razón por la cual, la revisión de la inconstitucionalidad de este instrumento jurídico exige, además de los artículos previamente revisados, una importante consideración sobre la vulneración a este precepto», precisa el documento enviado por el Defensor del Pueblo.

Asimismo, Josué Gutierrez sostiene que la norma vigente tampoco habría superado el test de proporcionalidad al «devenir en innecesaria y desproporcionada» y agregó Gutiérrez que «no se le puede privar de la propiedad» a un investigado «sin que primero su responsabilidad se haya determinado por la autoridad judicial».

¿Qué dice la ley actualmente?

La ley actual determina que para que se aplique la extinción de dominio, solo se necesita comprobar que un bien que fue adquirido de manera ilícita puede ser traspasado al Estado. No se requiere que el acusado tenga una condena.

Esta normativa ayudó al Estado a rescatar cosas adquiridas producto de la corrupción, tráfico ilícito de drogas, minería ilegal, lavado de activos, organización criminal, secuestro, extorsión, entre otros delitos.

La ley fue promulgada en el gobierno de Martín Vizcarra el 4 de agosto de 2018, por ende, se tenía como fecha límite el 4 de agosto de 2024 para apelarla. El titular de la Defensoría del Pueblo la cuestionó el 2 de agosto del presente año, es decir, dos días antes.

Bajo estos argumentos, el defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez, presentó la demanda de inconstitucionalidad contra varios artículos del Decreto Legislativo 1373 que determina la extinción de dominio.

Ministerio de Justicia se pronuncia

Por su parte, el Ministerio de Justicia aseguró que la eliminación de esta norma tendría una “incidencia directa” en la labor de instituciones como el Poder Judicial, la Policía Nacional del Perú y las Procuradurías Públicas, todas partes del Subsistema de Extinción de Dominio. Asimismo, afectaría la operatividad del Programa Nacional de Bienes Incautados (Pronabi), ya que este tipo de procesos han permitido recuperar a favor del Estado más de S/ 250 millones en activos, bienes o ganancias productos de actividades ilícitas vinculadas al crimen organizado.

Finalmente, expresaron su confianza en la labor del Tribunal Constitucional para interpretar la Constitución en beneficio de todos los peruanos.

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