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JNE propone que fundadores de partidos no lideren movimientos políticos sin cuentan con sentencias por corrupción

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) causó revuelo en las redes sociales al proponer que los partidos políticos no sean liderados por fundadores sentenciados por corrupción, específicamente si cuentan con algún tipo de denuncia por tráfico de influencias, violación, colusión, corrupción, entre otros.

Regulación legal de los partidos políticos

De acuerdo a la iniciativa —que pretende modificar dos artículos de la Ley N°28094, Ley de Organizaciones Políticas y que fue enviada por la presidenta del JNE, Martha Maisch Molina, al titular de la Mesa Directiva, Eduardo Salhuana, el pasado 2 de agosto—, es necesario “regular” legalmente a las organizaciones políticas, para que los partidos políticos no sean dirigidos por personas que tengan problemas con la justicia peruana.

Además, establece que la participación de un partido político o movimiento regional «en el proceso electoral en curso o el más próximo se suspende si se tuvo conocimiento de que el fundador o directivo, estando en el ejercicio del cargo, ha sido condenado por algunos de los delitos mencionados, en tanto no ejercite las acciones que correspondan, es decir, el retiro del cargo, y no comunica al JNE».

«(Esto) debido a que estos títulos ameritan que sean personas idóneas y con una trayectoria profesional y personal correcta, que permita afianzar la confianza de los ciudadanos en los partidos políticos, fortaleciendo así la democracia representativa y el sistema político en su conjunto, pues los partidos políticos tienen una trascendencia pública reconocida en el artículo 35 de la CPP y en la LOP, debido a que concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular a través de sus funciones de relevancia pública, que se concretan con la presentación de candidaturas en las contiendas electorales», indicó el jurado electoral.

Cabe mencionar que, actualmente las personas que deseen presidir alguna militancia solo deben presentar una declaración jurada.

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