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Revelan que dos oficiales del Ejército involucrados en desapariciones de la UNCP estarían pidiendo prescripción de sus casos gracias a la Ley de Impunidad

Este miércoles, dos oficiales involucrados en las desapariciones de estudiantes y docentes de la Universidad Nacional del Centro del Perú (UNCP) solicitaron ante el Poder Judicial el archivamiento de sus juicios gracias a la reciente Ley de Impunidad, promulgada en el Congreso de la República, según reveló Huanca York Times.

Se trata de Luis Manuel Delgado de la Paz y Manuel Juan Dill’erva Chávez, miembros del Estado Mayor de la 31° Brigada de Infantería de Huancayo, quienes vienen siendo acusados por la Fiscalía de haber cometido delitos de lesa humanidad por autoría mediata, por la desaparición de estudiantes de la UNCP, en 1991 y 1992, respectivamente.

El abogado de ambos procesados, Santos Barrantes Silva, amparándose en la Ley 32107, recurrió a la Cuarta Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria para sustentar su pedido, “Ley que precisa la aplicación de aplicación y los alcances del delito de lesa humanidad y crímenes de guerra en la legislación peruana”, promulgada por insistencia por el Congreso el pasado  9 de agosto y pide la “excepción de prescripción y nulidad de todos los extremos de la acción penal”.

Asimismo, Huanca York Times consigna que el abogado recuerda que los hechos imputados a sus defendidos ocurrieron en 1991, hace 30 años. Esta nueva ley del Congreso permite la prescripción de delitos de lesa humanidad, cometidos hasta antes de 2002, año en que el Perú se adhirió al Estatuto de Roma y la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de Lesa Humanidad.

El caso de las desapariciones forzadas de la UNCP se encuentra en proceso de juicio oral. La Fiscalía imputa cargos contra ocho altos oficiales del Ejército.

Corte Suprema se pronuncia

El pasado 20 agosto, el juez supremo y expresidente del Poder Judicial, César San Martín, se pronunció sobre la reciente promulgación de la ley por parte del Congreso de la República, la cual establece la aplicación de los delitos de lesa humanidad y los crímenes de guerra.

San Martín destacó que los delitos de lesa humanidad son crímenes internacionales regulados por el derecho internacional penal. Subrayó que existe un debate en torno a la aplicación de esta ley y que la Corte Suprema ha fijado un criterio en varias decisiones previas.

Enfatizó la importancia de cumplir con las convenciones y tratados sobre derechos humanos. “Sostenemos la necesidad, la obligación de cumplir las convenciones y tratados sobre derechos humanos, más no digo”, precisó el juez.

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