Camina Contigo

Radio Cumbre 98.5FM y 1240AM

Sunafil: Trabajadores que laboren al menos 4 horas al día tienen derecho a CTS

Este jueves 2 de mayo, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) recordó que los trabajadores que laboren al menos cuatro horas al día y que tengan como mínimo un mes completo de servicios, entre los meses de noviembre 2023 a abril 2024, tienen derecho a recibir la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), ya que el próximo 15 de mayo es el último día del depósito de este beneficio social.

Este recordatorio se dio debido a que muchas empresas incumplen con el depósito de este beneficio social. Por ello, solo entre el 2023 y lo que va del 2024, se han realizado 20,342 inspecciones para verificar este beneficio social, a nivel nacional.

“(La CTS) es un auxilio económico, que le da al trabajador, la posibilidad de sobrellevar sus necesidades personales y de sus familiares al quedar desempleado”, explicó Alexandra Flores, especialista legal de Prevención y Promoción de la Sunafil.

Esta compensación se otorga dos veces al año, en los meses de mayo y noviembre, y tiene como objetivo proteger al trabajador de las contingencias que pudieran originarse, como consecuencia del cese en el trabajo, es decir que, ante un despido o la renuncia, el trabajador puede hacer uso de este monto.

¿Qué trabajadores del régimen privado no pueden recibir la CTS?

  • Los trabajadores bajo el régimen laboral de la microempresa, pues tienen una norma especial, donde se señala que solo tienen vacaciones por un período de 15 días, como beneficio social.
  • Los trabajadores a tiempo parcial o part time. 
  • Los trabajadores que tienen menos de un mes de labores.
  • Los trabajadores con Remuneración Integral Anual, pues ya incluye este beneficio.

Infracciones

Aquellos empleadores que no depositen íntegra y oportunamente la CTS, no efectuar el pago de dicha compensación o hacer el depósito en una entidad bancaria distinta, a la elegida por el trabajador, califican como una infracción grave.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *